Contratos


Contratos

El Ayuntamiento publica información relativa en los contratos en el Perfil del Contratante (disponible en la Plataforma de Contratación del Sector Público) y en el Portal de Transparencia.

La información a publicar hará mención a:

– El objeto del contrato. El objeto de los contratos del sector público tendrá que ser determinado y define las necesidades y funcionalidades a satisfacer.
– La duración de este. Se indicará, por un lado, la fecha de formalización, si procede; y, por otro lado, la fecha de inicio de la ejecución, así como la finalización de este.
– El procedimiento utilizar para su celebración. En este punto se hace alusión al procedimiento que la administración pública tendrá que seguir para adjudicar los contratos que formaliza.
– La denominación de las empresas licitadoras. El número de licitadores participantes en el procedimiento, así como su identificación y la identidad del adjudicatario.
– La solvencia económica y financiera del adjudicatario, así como su solvencia técnica o profesional. Además, si procede, la clasificación, respetando en todo caso el deber de confidencialidad previsto en la legislación de contratos del sector público y los principios de protección de datos.
– El grado de cumplimiento de las obligaciones sociales, medioambientales y laborales por parte del adjudicatario.
– Las modificaciones de contrato, decisiones de dejación y renuncia de los contratos.
– Los instrumentos a través de los que, en su caso, se hayan publicitado.
– Si procede, información relativa a la subcontratación por parte del adjudicatario.
– Las penalidades impuestas por incumplimiento de los contratistas.
– Si procede, los acuerdos y criterios interpretativos de los órganos consultivos en materia de contratación, con relación en el contrato objete de publicidad.
– La información sobre preguntas frecuentes y aclaraciones relativas al contenido de los contratos.
Los criterios de adjudicación previstos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares o documento descriptivo, tanto los criterios cuantificables por medio de la mera aplicación de fórmulas como los criterios de cuantificación de los cuales dependa de un juicio de valor.
El Informe de valoración de las ofertas, así como las actas de la tabla de contratación relativas al procedimiento de adjudicación.
– Si procede, las decisiones de dejación y las decisiones de no adjudicación o formalización de los contratos, por parte del órgano de contratación.

A continuación se indica el enlace de acceso a los contratos publicados en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento: CONTRATOS

Si lo deseas, también puedes consultar los contratos publicados en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento de Viver a través del siguiente enlace:
PERFIL DEL CONTRATANTE

Ayuntamiento de Viver
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